¿Pueden grabarme en mi centro de trabajo?
Resumo arriba el fondo del asunto y como se aborda actualmente esta cuestión a la hora de que pensemos plantear una grabación para justificar un acto ilícito del trabajador o, en su caso, si puedo impugnar esa grabación en el acto del juicio si soy el empleado afectado.
- Son muchas las interpretaciones de nuestros Tribunales derivado del pronunciamiento del TEDH en esta materia, por ello, al día de hoy se sigue sin establecer un criterio sólido y único.
▫️Lo que son claros e incuestionables son los tres principios Constitucionales que deben cumplirse:
1️⃣ Juicio de idoneidad: debe ponderarse si la captación de imágenes es un medio idóneo para conseguir el objetivo propuesto.
2️⃣ Juicio de necesidad: debe ponderarse si la videovigilancia es el medio menos intrusivo, pues debe tener un carácter subsidiario, como toda medida restrictiva de derechos. Por lo que, debe justificarse su necesidad en relación con medios igual de eficaces.
3️⃣ Juicio de proporcionalidad en sentido estricto: debe atender a un equilibrio entre los perjuicios causados (intromisión) y los beneficios que suponga su uso (control laboral, patrimonio empresarial, etc.).
▫️En resumen, resulta obvio que ni la regulación normativa ni las interpretaciones judiciales han logrado generar un marco sólido para la aportación de imágenes extraídas de sistemas de videovigilancia con fines de control laboral, pero sí se han establecido unas bases de mínimos para garantizar tanto la efectividad probatoria de las imágenes como los derechos fundamentales de los trabajadores.
📍Así, los derechos de los trabajadores se ven reforzados con estas interpretaciones que no cercenan las posibilidades de los empleadores, sino que las regulan y fortalecen para que dichas medidas de control puedan ser usadas con plenas garantías de validez y licitud, para lo que habrá que respetar los derechos fundamentales de los afectados mediante las garantías recogidas en la legislación específica en materia de protección de datos de carácter personal, además de la normativa laboral.
¿Qué opinas? ¿Consideras apropiado la videovigilancia en el ámbito laboral?